Solicitud


La solicitud la puedes realizar de acuerdo con las siguientes opciones:

  1. Trabajador
  2. Patrón
  3. Sindicato

Citas

Una vez que ya realizaste la solicitud de conciliación prejudicial de acuerdo con el artículo 684-E fracción VII de la Ley Federal del Trabajo, la ratificación y asistencia a la audiencia de conciliación es de carácter personal, y la cita debe realizarse a nombre de quien efectuó la solicitud.

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