Valor del mes


Valor del mes del Comité de Ética, Conducta y Prevención de Conflictos de Interés
de la Secretaría de Educación de Tamaulipas.

Mes de Enero

Principio:
Economía: Las personas servidoras públicas en el ejercicio del gasto público administrarán los bienes, recursos y servicios públicos con austeridad, disciplina y legalidad, asegurando la consecución de los objetivos y metas a los que estén destinados, siendo éstos de interés social.

Valor:
Cooperación: Las personas servidoras públicas colaborarán entre sí y propiciarán el trabajo en equipo para alcanzar los objetivos comunes previstos en los planes y programas de sus dependencias y/o entidades, generando así una plena vocación de servicio público en beneficio de la colectividad y confianza de la ciudadanía en sus instituciones.

Regla de Integridad:
Contrataciones Públicas:
Para asegurar un Gobierno austero, eficiente, honesto y transparente, en las adquisiciones y arrendamientos de bienes y servicios, así como en la ejecución de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, actuarán con legalidad, imparcialidad, austeridad, eficiencia, honestidad, transparencia, profesionalismo y honradez.

Adicionalmente, toda persona servidora pública que participe en los procesos de planeación, adjudicación, ejecución, supervisión de contrataciones públicas y/o administración de contratos, deberá capacitarse en la normativa aplicable en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios del sector público, obra pública y servicios relacionados con las mismas, según sea el caso.

(Fuente: Código de Ética del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas y Código de Ética de la Administración Pública Federal.)

Valores de mes del Comité de Ética, Conducta y Prevención de Conflictos de Interés
de la Secretaría de Educación de Tamaulipas.

Principio:
Economía: Las personas servidoras públicas en el ejercicio del gasto público administrarán los bienes, recursos y servicios públicos con austeridad, disciplina y legalidad, asegurando la consecución de los objetivos y metas a los que estén destinados, siendo éstos de interés social.

Valor:
Cooperación: Las personas servidoras públicas colaborarán entre sí y propiciarán el trabajo en equipo para alcanzar los objetivos comunes previstos en los planes y programas de sus dependencias y/o entidades, generando así una plena vocación de servicio público en beneficio de la colectividad y confianza de la ciudadanía en sus instituciones.

Regla de Integridad:
Contrataciones Públicas:
Para asegurar un Gobierno austero, eficiente, honesto y transparente, en las adquisiciones y arrendamientos de bienes y servicios, así como en la ejecución de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, actuarán con legalidad, imparcialidad, austeridad, eficiencia, honestidad, transparencia, profesionalismo y honradez.

Adicionalmente, toda persona servidora pública que participe en los procesos de planeación, adjudicación, ejecución, supervisión de contrataciones públicas y/o administración de contratos, deberá capacitarse en la normativa aplicable en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios del sector público, obra pública y servicios relacionados con las mismas, según sea el caso.

(Fuente: Código de Ética del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas y Código de Ética de la Administración Pública Federal.)

Principio:
Equidad: Las personas servidoras públicas procurarán que toda persona tenga acceso con justicia e igualdad al uso, disfrute y beneficio de los bienes, servicios, recursos y oportunidades que brinda el Estado.

Liderazgo: Las personas servidoras públicas serán guía, ejemplo y promotoras del Código y las Reglas de Integridad; fomentarán y aplicarán en el desempeño de sus funciones los principios que la Constitución y las leyes les imponen, así como aquellos valores adicionales que por su importancia son intrínsecos a la función pública.

Regla de Integridad:
Recursos Humanos:
Para impulsar un Gobierno honesto, honrado, sin nepotismo, que trabaje en beneficio de la sociedad, en materia de recursos humanos, promoverán entornos laborales basados en la competencia por mérito, la profesionalización, la imparcialidad, la igualdad sustantiva y de oportunidades, la inclusión, el respeto, y condiciones dignas. Asimismo, aplicarán rigurosamente toda disposición que tenga por objeto la correcta planeación, organización y administración del servicio público.

Valor:
Respeto: Las personas servidoras públicas se conducirán con austeridad y sin ostentación, y otorgarán un trato digno y cordial a las personas en general, a sus compañeras y compañeros de trabajo, superiores y subordinados, considerando sus derechos, de tal manera que propiciará el diálogo cortés y la aplicación armónica de instrumentos que conduzcan al entendimiento, a través de la eficiencia y el interés público.

(Fuente: Código de Ética del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas y Código de Ética de la Administración Pública Federal.)

Principio:
Transparencia: Las personas servidoras públicas en el ejercicio de sus funciones privilegiarán el principio de máxima publicidad de la información pública, atendiendo con diligencia los requerimientos de acceso y proporcionando la documentación que generan, obtienen, adquieren, transforman o conservan; y en el ámbito de su competencia, difundirán de manera proactiva información gubernamental, como un elemento que genera valor a la sociedad y promueve un gobierno abierto, protegiendo los datos personales que estén bajo su custodia.

Valor:
Interés Público: Las personas servidoras públicas, en el ámbito de sus competencias y atribuciones, garantizarán que todos los habitantes del Estado accedan con las mismas condiciones, posibilidades y oportunidades a los bienes y servicios públicos; a los programas y beneficios institucionales, y a los empleos, cargos y comisiones gubernamentales.

Regla de Integridad:
Información Pública:
A fin de consolidar un Gobierno transparente y que rinde cuentas, garantizarán, conforme al principio de máxima publicidad, el acceso a información pública que tengan bajo su cargo, y difundirán, de manera proactiva, aquella que sea de interés público o socialmente útil. Asimismo, deberán tutelar, en todo momento, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos personales, así como asegurar su protección, en los términos que fijen las normas correspondientes.

(Fuente: Código de Ética del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas y Código de Ética de la Administración Pública Federal.)

Valor:

Solidaridad: Las personas servidoras públicas, en el desempeño de sus atribuciones, brindarán atención y ayuda a quienes lo requieran, y actuarán de forma desinteresada y con ánimo de servicio anteponiendo la situación de adversidad o precariedad de otras personas.

Principios:

Eficiencia: Las personas servidoras públicas actuarán en apego a los planes y programas previamente establecidos y optimizarán el uso y la asignación de los recursos públicos en el desarrollo de sus actividades para lograr los objetivos, metas e indicadores propuestos.

(Fuente: Código de Ética del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas y Código de Ética de la Administración Pública Federal.)

Valor:

Confianza: Conjunto de condiciones morales, aptitudes y actitudes que deben reunir las personas servidoras públicas para estar a la altura de lo que la ciudadanía espera de ellos.

Principios:

Honradez: Las personas servidoras públicas se conducirán con rectitud sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni buscar o aceptar compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona u organización, debido a que están conscientes que ello compromete sus funciones y que el ejercicio de cualquier cargo público implica un alto sentido de austeridad y vocación de servicio.

(Fuente: Código de Ética del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas y Código de Ética de la Administración Pública Federal.)

Valor:

Veracidad: Las personas servidoras públicas deberán conducirse y comunicarse siempre de conformidad con los hechos que se presentan en la realidad.

Principios:

Legalidad: Las personas servidoras públicas hacen sólo aquello que las normas expresamente les confieren y en todo momento someten su actuación a las facultades que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas atribuyen a su empleo, cargo o comisión, por lo que conocen y cumplen las disposiciones que regulan el ejercicio de sus funciones, facultades y atribuciones.

(Fuente: Código de Ética del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas y Código de Ética de la Administración Pública Federal.)

Valor:

Liderazgo: Las personas servidoras públicas serán guía, ejemplo y promotoras del Código y las Reglas de Integridad; fomentarán y aplicarán en el desempeño de sus funciones los principios que la Constitución y las leyes les imponen, así como aquellos valores adicionales que por su importancia son intrínsecos a la función pública.

Principios:

Profesionalismo: Las personas servidoras públicas deberán conocer, actuar y cumplir con las funciones, atribuciones y comisiones encomendadas de conformidad con las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas atribuibles a su empleo, cargo o comisión, observando en todo momento disciplina, integridad y respeto, tanto a las demás personas servidoras públicas como a las y los particulares con los que llegare a tratar.

Regla de Integridad:

Desempeño permanente con Integridad: Para consolidar instituciones confiables y aspirar a un servicio público de excelencia, actuarán y desempeñarán sus funciones conforme a los principios, valores y compromisos del servicio público, cooperando permanentemente con el fomento e implementación de las acciones que fortalezcan la ética pública.

(Fuente: Código de Ética del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas y Código de Ética de la Administración Pública Federal.)

Valor:

Verdad: Las personas servidoras públicas deberán dirigirse hacia los ciudadanos y en comunicaciones oficiales siempre con los hechos que se presenten en la realidad.

Principios:

Imparcialidad: Las personas servidoras públicas darán a la ciudadanía y a la población en general, el mismo trato, sin conceder privilegios o preferencias a organizaciones o personas, ni permitirán que influencias, intereses o prejuicios indebidos afecten su compromiso para tomar decisiones o ejercer sus funciones de manera objetiva.

Regla de Integridad:

Administración de Bienes Muebles e Inmuebles: A fin de lograr la mayor utilidad y conservación de bienes muebles e inmuebles de las dependencias y entidades, realizarán las acciones para su uso eficiente y responsable, así como para su óptimo aprovechamiento, control, supervisión, resguardo, en su caso, enajenación o transferencia; y promoverán, en todo momento, el cuidado de los mismos.

(Fuente: Código de Ética del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas y Código de Ética de la Administración Pública Federal.)

Valor:

Igualdad y No Discriminación : Las personas servidoras públicas prestarán sus servicios a todas las personas sin distinción, exclusión, restricción, o preferencia basada en el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o en cualquier otro motivo.

Principios:

Confidencialidad : Es el respeto por los datos o hechos que deben guardarse en sigilo, para no afectar indebidamente la honorabilidad, la seguridad o el derecho a la privacidad de las personas.

Regla de Integridad:

Trámites y Servicios : Con el propósito de atender los trámites y servicios que demande la población, actuarán con excelencia, de forma pronta, diligente, honrada, confiable, sin preferencias ni favoritismos, en apego a la legalidad y brindando en todo momento, un trato respetuoso y cordial.

(Fuente: Código de Ética del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas y Código de Ética de la Administración Pública Federal.)

Valor:

Probidad: Las personas servidoras públicas deberán desempeñarse en sus funciones, cargo o comisión con oportunidad, honestidad, honradez, disposición, rectitud y solvencia ética y profesional.

Principios:

Rendición de Cuentas: Las personas servidoras públicas asumirán plenamente ante la sociedad y sus autoridades la responsabilidad que deriva del ejercicio de su empleo, cargo o comisión, por lo que informan, explican y justifican sus decisiones y acciones, y se sujetan a un sistema de sanciones, así como a la evaluación y al escrutinio público de sus funciones por parte de la ciudadanía.

(Fuente: Código de Ética del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas y Código de Ética de la Administración Pública Federal.)

Valor:

Cuidado del Entorno Cultural y Ecológico: Las personas servidoras públicas en el desarrollo de sus actividades evitarán la afectación del patrimonio cultural de cualquier nación y de los ecosistemas del planeta; asumirán una férrea voluntad de respeto, defensa y preservación de la cultura y del medio ambiente, y en el ejercicio de sus funciones y conforme a sus atribuciones, promoverán en la sociedad la protección y conservación de la cultura y el medio ambiente, al ser el principal legado para las generaciones futuras.

Principios:

Economía: Las personas servidoras públicas en el ejercicio del gasto público administrarán los bienes, recursos y servicios públicos con austeridad, disciplina y legalidad, asegurando la consecución de los objetivos y metas a los que estén destinados, siendo éstos de interés social.

(Fuente: Código de Ética del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas y Código de Ética de la Administración Pública Federal.)

Valor:

Respeto a los Derechos Humanos: Los Derechos Humanos son el eje fundamental del servicio público, por lo que todas las personas servidoras públicas respetarán los derechos humanos, y en el ámbito de sus competencias y atribuciones, los garantizarán, promoverán y protegerán, de conformidad con los principios de:
a) Universalidad: establece que los derechos humanos corresponden a toda persona por el simple hecho de serlo;
b) Interdependencia: implica que los derechos humanos se encuentran vinculados íntimamente entre sí;
c) Indivisibilidad: refiere que los derechos humanos conforman una totalidad, de tal forma que son complementarios e inseparables; y
d) Progresividad: prevé que los derechos humanos están en constante evolución y bajo ninguna circunstancia se justifica un retroceso en su protección.

Principios:

Integridad: Las personas servidoras públicas actuarán de manera congruente con los principios que se deben observar en el desempeño de un empleo, cargo, comisión o función, convencidas en el compromiso de ajustar su conducta para que impere en su desempeño una ética que responda al interés público y generen certeza plena de su conducta frente a todas las personas con las que se vinculen u observen su actuar.

(Fuente: Código de Ética del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas y Código de Ética de la Administración Pública Federal.)


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