{"id":15,"date":"2016-11-22T12:40:47","date_gmt":"2016-11-22T18:40:47","guid":{"rendered":"http:\/\/www.tamaulipas.gob.mx\/seguridadpublica\/?page_id=15"},"modified":"2018-09-12T12:43:01","modified_gmt":"2018-09-12T17:43:01","slug":"atribuciones","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.tamaulipas.gob.mx\/seguridadpublica\/atribuciones\/","title":{"rendered":"Atribuciones"},"content":{"rendered":"<p><strong>CORRESPONDE A LA SECRETARIA DE SEGURIDAD P\u00daBLICA CONFORME AL ART\u00cdCULO 38 DE LA LEY ORG\u00c1NICA DE LA ADMINISTRACI\u00d3N P\u00daBLICA DEL ESTADO; PARA EL ESTUDIO Y PLANEACI\u00d3N DE LA\u00a0ADMINISTRACI\u00d3N\u00a0P\u00daBLICA ESTATAL, ADEM\u00c1S DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIEREN LAS LEYES APLICABLES, EL DESPACHO DE LOS SIGUIENTES ASUNTOS:<\/strong><\/p>\n<p><strong>I.-\u00a0<\/strong>Desarrollar las pol\u00edticas de seguridad p\u00fablica y proponer en el \u00e1mbito estatal los criterios para prevenir eficazmente la comisi\u00f3n de delitos, mediante la adopci\u00f3n de normas, acciones, estrategias y t\u00e1cticas, as\u00ed como la conjunci\u00f3n de los recursos a disposici\u00f3n del Ejecutivo del Estado;<\/p>\n<p><strong>II.-\u00a0<\/strong>Dise\u00f1ar y ejecutar programas para fomentar la cultura de legalidad;<\/p>\n<p><strong>III.-\u00a0<\/strong>Proponer al Gobernador del Estado las medidas que garanticen la congruencia de la pol\u00edtica de prevenci\u00f3n eficaz de los delitos entre las dependencias de la administraci\u00f3n p\u00fablica;<\/p>\n<p><strong>IV.-\u00a0<\/strong>Participar en representaci\u00f3n del Gobierno del Estado en el Sistema Nacional de Seguridad P\u00fablica;<\/p>\n<p><strong>V.-\u00a0<\/strong>Participar, conforme a lo establecido en la ley de la materia, en el Consejo Estatal de Seguridad P\u00fablica;<\/p>\n<p><strong>VI.-\u00a0<\/strong>Proponer pol\u00edticas, acciones y estrategias de coordinaci\u00f3n estatal en materia de prevenci\u00f3n del delito, al tiempo de alentar la coordinaci\u00f3n regional en la materia;<\/p>\n<p><strong>VII.-\u00a0<\/strong>Fomentar la participaci\u00f3n ciudadana en la elaboraci\u00f3n de planes y programas de prevenci\u00f3n del delito;<\/p>\n<p><strong>VIII.-\u00a0<\/strong>Promover y facilitar la participaci\u00f3n social para el desarrollo de actividades de vigilancia sobre el ejercicio de sus atribuciones;<\/p>\n<p><strong>IX.-\u00a0<\/strong>Atender las denuncias y quejas ciudadanas relacionadas con el ejercicio de sus atribuciones;<\/p>\n<p><strong>X.-\u00a0<\/strong>Organizar, dirigir, administrar y supervisar la polic\u00eda estatal preventiva, as\u00ed como aplicar el r\u00e9gimen disciplinario de dicha corporaci\u00f3n;<\/p>\n<p><strong>XI.-\u00a0<\/strong>Recopilar y mantener al corriente la informaci\u00f3n sobre los atributos personales, acad\u00e9micos y t\u00e9cnicos de los cuerpos de seguridad p\u00fablica y de los servidores p\u00fablicos ministeriales;<\/p>\n<p><strong>XII.-\u00a0<\/strong>Salvaguardar la integridad y el patrimonio de las personas, prevenir la comisi\u00f3n de delitos del fuero com\u00fan y preservar las libertades p\u00fablicas, el orden y la paz social;<\/p>\n<p><strong>XIII.-\u00a0<\/strong>Establecer un sistema destinado a obtener, analizar, estudiar y procesar informaci\u00f3n para la prevenci\u00f3n de delitos, mediante m\u00e9todos que garanticen el respeto a los derechos y libertades fundamentales;<\/p>\n<p><strong>XIV.-\u00a0<\/strong>Elaborar y difundir estudios multidisciplinarios y estad\u00edsticas sobre el fen\u00f3meno delictivo;<\/p>\n<p><strong>XV.-\u00a0<\/strong>Efectuar, en coordinaci\u00f3n con la Procuradur\u00eda General de Justicia, estudios sobre actos delictivos no denunciados para incorporar este elemento en el dise\u00f1o de las pol\u00edticas de prevenci\u00f3n de los il\u00edcitos penales;<\/p>\n<p><strong>XVI.-\u00a0<\/strong>Determinar y aplicar las normas y pol\u00edticas de ingreso, capacitaci\u00f3n, desarrollo y disciplina del personal responsable de funciones de seguridad p\u00fablica, de acuerdo con las leyes y reglamentos vigentes;<\/p>\n<p><strong>XVII.-\u00a0<\/strong>Organizar, dirigir y administrar el servicio civil de carrera de la polic\u00eda estatal preventiva;<\/p>\n<p><strong>XVIII.-\u00a0<\/strong>Otorgar autorizaci\u00f3n a empresas que presten servicios privados de seguridad, cuando los mismos se realicen exclusivamente en el territorio del Estado, as\u00ed como supervisar su funcionamiento;<\/p>\n<p><strong>XIX.-\u00a0<\/strong>Promover la celebraci\u00f3n de convenios de colaboraci\u00f3n con autoridades federales, de otras entidades federativas o municipales del Estado para el cumplimiento de sus atribuciones;<\/p>\n<p><strong>XX.-\u00a0<\/strong>Colaborar, dentro del Sistema Nacional de Seguridad P\u00fablica y a requerimiento de autoridades federales competentes, de otras entidades federativas o municipales del Estado, en la protecci\u00f3n de la integridad f\u00edsica de las personas y en la preservaci\u00f3n de sus bienes, cuando se vean amenazadas por situaciones de peligro que generen disturbios, violencia o riesgo inminente;<\/p>\n<p><strong>XXI.-\u00a0<\/strong>Auxiliar a los Poderes Legislativo y Judicial del Estado y a la Procuradur\u00eda General de Justicia, cuando as\u00ed lo requieran para el debido ejercicio de sus funciones;<\/p>\n<p><strong>XXII.-\u00a0<\/strong>Ejecutar las penas por delitos del orden com\u00fan y administrar el sistema penitenciario del Estado, as\u00ed como organizar y dirigir las actividades de apoyo a liberados;<\/p>\n<p><strong>XXIII.-\u00a0<\/strong>Implementar, dirigir y ejecutar los programas de readaptaci\u00f3n social de los infractores de la ley penal y administrar los Centros de Readaptaci\u00f3n Social del Estado;<\/p>\n<p><strong>XXIV.-\u00a0<\/strong>Tramitar, por Acuerdo del Gobernador, las solicitudes de libertad anticipada y traslado de internos;<\/p>\n<p><strong>XXV.-\u00a0<\/strong>Ser conducto para el ejercicio de la atribuci\u00f3n del Gobernador del Estado en materia de inclusi\u00f3n de reos del orden com\u00fan para su traslado a su pa\u00eds de origen para el cumplimiento de la condena que les hubiere sido impuesta, conforme a lo dispuesto por el p\u00e1rrafo quinto del art\u00edculo 18 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos;<\/p>\n<p><strong>XXVI.-\u00a0<\/strong>Ejecutar las medidas impuestas por las autoridades judiciales competentes en t\u00e9rminos de las leyes de justicia para adolescentes, por conducto de las instituciones y \u00f3rganos establecidos por dichos ordenamientos y dem\u00e1s leyes aplicables, velando por el estricto respeto de los derechos y garant\u00edas de los adolescentes;<\/p>\n<p><strong>XXVII.-\u00a0<\/strong>Coordinar los programas y comisiones de seguridad p\u00fablica;<\/p>\n<p><strong>XXVIII.-\u00a0<\/strong>Coordinar actividades en materia vehicular con las autoridades federales;<\/p>\n<p><strong><em>XXIX.-\u00a0<\/em><\/strong>Coordinar las tareas de vigilancia, con el apoyo de la Secretar\u00eda de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, tendentes a prevenir y combatir las acciones que afecten el medio ambiente y los recursos naturales en el Estado, en especial la cacer\u00eda furtiva, la afectaci\u00f3n de la actividad cineg\u00e9tica, el uso inadecuado del agua y la disposici\u00f3n de materiales o residuos en lugares no autorizados para ello; as\u00ed como vigilar la observancia y cumplimiento de las disposiciones establecidas en los ordenamientos en materia ambiental y desarrollo sustentable del Estado;<\/p>\n<p><strong>XXX.-\u00a0<\/strong>Derogado.<\/p>\n<p><strong>XXXI.-\u00a0<\/strong>Las dem\u00e1s que le se\u00f1alen las leyes, reglamentos y otras disposiciones jur\u00eddicas, as\u00ed como las que le encomiende el Gobernador del Estado con relaci\u00f3n a sus competencias.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>CORRESPONDE A LA 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