Plan de Manejo de Residuos de Manejo Especial
Descripción
El Plan de Manejo, es el instrumento de gestión integral de los residuos de manejo especial, que contiene el conjunto de acciones y procedimientos para facilitar el manejo y las disposiciones de productos de consumo que al desecharse se conviertan en residuos de manejo especial. Entre los principales objetivos de los planes de manejo se encuentran: el fomentar la minimización de la generación de los residuos; promover la responsabilidad compartida de los productores, distribuidores y comercializadores; realizar la separación en la fuente, la recolección separada de residuos y fomentar el reuso y reciclaje de los residuos sólidos, con el objeto de reducir el volumen y valorizar los residuos que actualmente van a disposición final.
Deberán presentar su Plan de Manejo, los organismos públicos y privados, órganos desconcentrados, delegaciones, entidades de la administración pública y personas físicas y morales que generen residuos sólidos de manejo especial, así como aquellos establecimientos mercantiles, industriales.
Dependencia
Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente / Dirección de Gestión para la Protección Ambiental.
Tipo de trámite | Clasificación | Usuario | Impacto |
Obligación | Medio Ambiente | Empresas de competencia estatal | Ciudadanía, Empresarial |
Municipio | Dirección |
Victoria | Ventanilla única de la Subsecretaría de Medio Ambiente de la SEDUMA, Planta Baja, Centro Gubernamental de Oficinas Parque Bicentenario, en Prolongación Praxedis Balboa y Libramiento Naciones Unidas S/N C.P. 87083 |
Área | Teléfono/Fax | |
Dirección de Gestión para la Protección Ambiental.
Subdirección Jurídica. (Notificaciones)
Ventanilla Única de la Subsecretaría de Medio Ambiente. |
01 834 107 82 88.
01 834 107 82 70 y 834 1078604 01 834 107 82 94 |
control.ambiental@tam.gob.mx |
Tiempo | Vigencia | Horario de Atención: |
60 días hábiles | Por tiempo indefinido | De 8:30 a 15:30 horas |
Usuario | Costo | Requisitos |
Personas físico y/o morales |
No aplica |
PARA LA OBTECIÓN DEL PLAN DE MANEJO DEBERÁ CONTAR PREVIAMENTE CON EL REGITRO COMO GENERADOR DE RESIDUOS DE MANEJO ESPECIAL (Trámite obligatorio).
POR PRIMERA VEZ. 1.-Escrito libre de solicitud de trámite dirigido al Secretario de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente (con firma autógrafa del Representante Legal) en el cual deberá señalar expresamente un correo electrónico para notificaciones. Incluir una copia adicional para acuse de recibido.
2.- Formato de solicitud para la obtención de Plan de Manejo con firmas autógrafas. (Formato descargable). (Ver criterios de resolución).
3.- Documentación legal y técnica: – En el caso de personas morales: (original y copia para cotejo)
– En el caso de personas físicas:
-Para personas físicas y morales:
4.- En caso de que exista alguna duda de la peligrosidad o no del residuo este deberá sujetarse al procedimiento de identificación de peligrosidad, mediante análisis CRETI (Corrosivo, Reactivo, Explosivo, Toxico, Inflamable) y análisis CRETIB (Corrosivo, Reactivo, Explosivo, Toxico, ambientalmente y Biológico Infeccioso) según el residuo, conforme a la NOM-52-SEMARNAT 2005 o NOM-004-SEMARNAT-2002, según corresponda. (Original y copia para su cotejo en ventanilla única o en su caso copia certificada).
Requisitos en caso de ACTUALIZACIÓN. 1.-Escrito libre de solicitud de trámite dirigido al Secretario de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente (con firma autógrafa del Representante Legal) en el cual deberá señalar expresamente un correo electrónico para notificaciones. Incluir una copia adicional para acuse de recibido.
2.- Formato de solicitud para la obtención de Actualización de Plan de Manejo con firmas autógrafas. (Formato descargable). (Ver criterios de resolución).
3.- Documentación legal y técnica: – En el caso de personas morales: (original y copia para cotejo)
– En el caso de personas físicas:
-Para personas físicas y morales:
4.- En caso de que exista alguna duda de la peligrosidad o no del residuo este deberá sujetarse al procedimiento de identificación de peligrosidad, mediante análisis CRETI (Corrosivo, Reactivo, Explosivo, Toxico, Inflamable) y análisis CRETIB (Corrosivo, Reactivo, Explosivo, Toxico, ambientalmente y Biológico Infeccioso) según el residuo, conforme a la NOM-52-SEMARNAT 2005 o NOM-004-SEMARNAT-2002, según corresponda. (Original y copia para su cotejo en ventanilla única o en su caso copia certificada).
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Formas de Pago: | Comprobante a obtener: | Medios de presentación: | Formatos: |
No aplica
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Registro de Plan de Manejo.
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Físicamente a través de la ventanilla única ubicada en la planta baja del Centro Gubernamental de Oficinas Parque Bicentenario con dirección en Praxédis Balboa y Libramiento Naciones Unidas en Ciudad Victoria, Tamaulipas.
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Formato de solicitud.doc
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Fundamento Jurídico: |
Artículo 9 fracciones I, III, IV y VI, 28 fracción III, 95 y 98 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos; artículos 125, 126, 127, 129 y 140 fracción II del Código para el Desarrollo Sustentable del Estado de Tamaulipas; artículos 1, 13, 14, 16, 17 y 19 del Reglamento de Prevención y Gestión de los Residuos de Manejo Especial para el Estado de Tamaulipas.
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Criterios de Resolución: |
1.- Toda la documentación legal se debe de presentar según se indique en los requisitos (original y copia para su cotejo) en la ventanilla única, y los documentos emitidos por el promovente deben contener firma autógrafa de quien en su intención los presenta como suyos, para el respectivo trámite.
2.- Presentar la información en carpetas de tres argollas o engargolado; siguiendo el orden establecido por los numerales y utilizando separadores que permitan distinguir claramente lo que corresponde a cada apartado. Esto permitirá que durante la recepción y evaluación de su trámite no se pierda tiempo en la ordenación del expediente.
3.- La calidad de los documentos en el electrónico deberán ser legibles y en color verdadero (escaneo de originales), a 200 ppp mínimo, formato JPG o PDF. Presentación en CD ò USB.
4.- Toda información que sea considerada como confidencial para la empresa deberá ser presentada con un sello que indique «información confidencial».
5.- En caso de existir faltas u omisiones en los requisitos o en la información, la Secretaría prevendrá al promovente por escrito y por una sola vez para que las subsane en los términos del artículo 247 párrafo 1 del Código para el Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, suspendiéndose el término que restare para concluir el procedimiento, en caso de que no presente dicha información se desechará el trámite. En ningún caso la totalidad del trámite podrá exceder el plazo de 3 meses, contados a partir de que ésta sea ingresada ante la Secretaría, y siempre y cuando le sea entregada la totalidad de la información requerida. Si al término del plazo máximo de respuesta, la autoridad no ha respondido, se entenderá que la solicitud fue resuelta en sentido negativo.
6.- Para la entrega de la resolución deberá cumplir con las formalidades jurídicas que le requiere:
En caso que quien comparezca sea el representante legal de la empresa: – Copia de identificación oficial vigente (IFE o INE, pasaporte o licencia de conducir); En caso que quien comparezca sea otra persona: – Carta poder simple, reciente y en original firmada por el representante legal de la empresa, 2 testigos y de quien comparece; – Copia de identificación oficial vigente (IFE o INE, pasaporte o licencia de conducir) del representante legal de la empresa; – Copia de identificación oficial vigente (IFE o INE, pasaporte o licencia de conducir) de quien comparece; – Copia de identificación oficial vigente (IFE o INE, pasaporte o licencia de conducir) de los 2 testigos; y – Para ambos casos, si el representante legal es diferente al que se encuentra en los archivos de esta secretaría, es necesario anexar copia de la escritura pública que contenga el acta de asamblea en donde conste el cambio de representante legal. |