{"id":5,"date":"2017-04-27T18:51:26","date_gmt":"2017-04-27T18:51:26","guid":{"rendered":"http:\/\/www.tamaulipas.gob.mx\/ceat\/?page_id=5"},"modified":"2024-02-06T10:59:24","modified_gmt":"2024-02-06T16:59:24","slug":"quienes-somos","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.tamaulipas.gob.mx\/recursoshidraulicos\/quienes-somos\/","title":{"rendered":"\u00bfQui\u00e9nes somos?"},"content":{"rendered":"<p>A la Secretar\u00eda de Recursos Hidr\u00e1ulicos para el Desarrollo Social corresponde el despacho de los siguientes asuntos:<br \/>\nI. Programar, fomentar y asesorar t\u00e9cnicamente a los usuarios de aguas nacionales en temas de hidr\u00e1ulica, en todos sus aspectos.<br \/>\nII. Celebrar convenios y contratos con la Federaci\u00f3n, entidades federativas, municipios, organismos descentralizados y particulares que requiera para la consecuci\u00f3n de sus fines.<br \/>\nIII. Celebrar convenios de colaboraci\u00f3n administrativa con los organismos operadores para que la Secretar\u00eda asuma la notificaci\u00f3n y el cobro, a trav\u00e9s del procedimiento administrativo de ejecuci\u00f3n, de los cr\u00e9ditos fiscales que los organismos determinen a cargo de los usuarios, derivados de los precios o tarifas por la prestaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos y de la imposici\u00f3n de multas.<br \/>\nIV. Realizar los estudios de factibilidad operativa para la creaci\u00f3n de organismos operadores responsables de prestar los servicios p\u00fablicos de agua potable, alcantarillado sanitario, drenaje pluvial, tratamiento y re\u00faso de las aguas residuales y disposici\u00f3n de las aguas, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el p\u00e1rrafo segundo del art\u00edculo tercero transitorio del decreto por el que se declara reformado y adicionado el art\u00edculo 115 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el 23 de diciembre de 1999.<br \/>\nV. Elaborar y presentar ante la instancia competente para su aprobaci\u00f3n las propuestas de adecuaci\u00f3n de las leyes y reglamentos que rigen la administraci\u00f3n integral del agua y la operaci\u00f3n de los sistemas para la prestaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos inherentes al agua para todos los usos en el Estado.<br \/>\nVI. Cumplir con los objetivos y metas de la Secretar\u00eda.<br \/>\nVII. Elaborar las propuestas de adecuaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n de precios y tarifas relativos a los servicios p\u00fablicos que preste en los t\u00e9rminos de esta ley.<\/p>\n<p>VIII. Elaborar, las propuestas para los programas sectoriales, el Programa Hidr\u00e1ulico de la Administraci\u00f3n y los programas operativos hidr\u00e1ulicos anuales.<br \/>\nIX. Desarrollar y operar el Sistema Estatal de Informaci\u00f3n del sector agua para el Estado.<br \/>\nX. Formular las acciones de planeaci\u00f3n, programaci\u00f3n, control y evaluaci\u00f3n hidr\u00e1ulica que habr\u00e1n de tratarse en el Consejo de Cuenca correspondiente, as\u00ed como aquellas necesarias para la ejecuci\u00f3n de las atribuciones que la Federaci\u00f3n transfiera a la Secretar\u00eda.<br \/>\nXI. Elaborar la normatividad operativa t\u00e9cnica, comercial y administrativa que deban aplicar los prestadores de servicios, conforme a los convenios que para mejorar la eficiencia de sus operaciones tengan celebrados con la Secretar\u00eda.<br \/>\nXII. Definir, aplicar y difundir los m\u00e9todos y procedimientos t\u00e9cnicos destinados a obtener mejor rendimiento a partir de un uso eficiente del agua.<br \/>\nXIII. Coordinar y dirigir en su caso las actividades de la Secretar\u00eda con los centros de educaci\u00f3n superior y media y establecer o apoyar escuelas con temas de hidr\u00e1ulica con especial \u00e9nfasis en cultura del agua.<br \/>\nXIV. Cuidar la conservaci\u00f3n de suelos agr\u00edcolas, en los distritos y unidades de riego, estudiando su problem\u00e1tica para definir y aplicar las t\u00e9cnicas y procedimientos adecuados.<br \/>\nXV. Elaborar los estudios de factibilidad operativa para la creaci\u00f3n de organismos operadores de los servicios p\u00fablicos.<br \/>\nXVI. Establecer relaciones de coordinaci\u00f3n con las autoridades federales, estatales y municipales, instituciones sociales y privadas nacionales e internacionales, para el tr\u00e1mite, financiamiento de obras y atenci\u00f3n de asuntos de inter\u00e9s com\u00fan, as\u00ed como por la creaci\u00f3n de fideicomisos.<br \/>\nXVII. Cobrar la contraprestaci\u00f3n por los servicios p\u00fablicos que preste, los accesorios que dichas contraprestaciones generen, las multas que imponga y, en general, todas aquellas cantidades que procedan por los conceptos establecidos en la presente ley, en el \u00e1mbito de su competencia.<br \/>\nXVIII. En coordinaci\u00f3n con la CONAGUA, organizar, dirigir y reglamentar los trabajos de hidrolog\u00eda en cuencas, cauces y acu\u00edferos de aguas nacionales tanto superficiales como subterr\u00e1neas.<\/p>\n<p>XIX. Realizar los estudios geohidrol\u00f3gicos relacionados con la existencia y el aprovechamiento de los recursos hidr\u00e1ulicos y con la construcci\u00f3n de las obras relativas en su caso.<br \/>\nXX. Intervenir en la dotaci\u00f3n de agua a los centros de poblaci\u00f3n e industrias y programar, proyectar, construir, administrar, operar y conservar las obras de captaci\u00f3n, potabilizaci\u00f3n, conducci\u00f3n, tratamiento y re\u00faso hasta los sitios en que se determine con las instancias correspondientes.<br \/>\nXXI. Levantar y mantener actualizado el inventario del recurso agua.<br \/>\nXXII. Participar en los \u00d3rganos Colegiados de Integraci\u00f3n mixta (Consejos de Cuenca), de coordinaci\u00f3n, concertaci\u00f3n, apoyo, consulta y asesor\u00eda orientados a formular y ejecutar programas y acciones para la mejor administraci\u00f3n de las aguas, el desarrollo de la infraestructura hidr\u00e1ulica y la preservaci\u00f3n de los recursos en las cuencas.<br \/>\nXXIII. Notificar y cobrar, a trav\u00e9s del procedimiento administrativo de ejecuci\u00f3n, conforme al C\u00f3digo Fiscal del Estado y en t\u00e9rminos de los convenios celebrados para tal efecto, los cr\u00e9ditos fiscales que los organismos operadores determinen a cargo de los usuarios, derivados de los precios o tarifas por la prestaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos y de la imposici\u00f3n de multas.<br \/>\nXXIV. Ordenar la pr\u00e1ctica en forma peri\u00f3dica, de visitas de inspecci\u00f3n y verificaci\u00f3n, as\u00ed como muestras y an\u00e1lisis del agua; elaborar estad\u00edsticas de sus resultados y tomar en consecuencia las medidas adecuadas para optimizar la calidad del agua que se distribuye a la poblaci\u00f3n.<br \/>\nXXV. Vigilar el cumplimiento de la normatividad operativa en todo el estado en materia de agua.<br \/>\nXXVI. Realizar las actividades que se requieran para lograr que los prestadores brinden a la comunidad servicios p\u00fablicos adecuados y eficientes, en cumplimiento del objeto de la Secretar\u00eda.<br \/>\nXXVII. Proporcionar asistencia t\u00e9cnica y capacitaci\u00f3n a las unidades de riego, distritos de riego y distritos de temporal tecnificado, as\u00ed como asesorar a los usuarios de riego agr\u00edcola con objeto de propiciar un aprovechamiento racional del agua.<br \/>\nXXVIII. Coordinar la operaci\u00f3n, la conservaci\u00f3n, la administraci\u00f3n y el mantenimiento de las obras a cargo de los prestadores de servicios p\u00fablicos.<\/p>\n<p>XXIX. Asesorar, auxiliar y prestar servicios de apoyo y asistencia t\u00e9cnica a los prestadores de los servicios de agua, y cuando \u00e9stos lo soliciten en la determinaci\u00f3n de los estudios de factibilidades.<br \/>\nXXX. Apoyar la consolidaci\u00f3n y desarrollo t\u00e9cnico de las asociaciones de usuarios de distritos, unidades de riego y drenaje, otorg\u00e1ndoles las asignaciones, concesiones y permisos correspondientes cuando sean aguas de jurisdicci\u00f3n estatal.<br \/>\nXXXI. Pagar oportunamente las contribuciones y derechos por el uso y aprovechamiento en materia de agua y bienes nacionales inherentes que establezca la legislaci\u00f3n fiscal aplicable.<br \/>\nXXXII. Establecer programas de capacitaci\u00f3n, en forma paralela a la construcci\u00f3n de obras hidr\u00e1ulicas, con el fin de lograr un mejor aprovechamiento de las mismas.<br \/>\nXXXIII. Resolver los recursos administrativos que presenten los usuarios contra sus resoluciones y dem\u00e1s actos que resulten impugnables conforme la presente ley.<br \/>\nXXXIV. Resolver los recursos administrativos que los usuarios presenten contra los actos que dicte dentro del procedimiento administrativo de ejecuci\u00f3n, para hacer efectivos los cr\u00e9ditos que determine a cargo de los mismos, en t\u00e9rminos del C\u00f3digo Fiscal del Estado.<br \/>\nXXXV. Resolver, de conformidad con el C\u00f3digo Fiscal del Estado y con los convenios que para tal efecto se celebren, los recursos administrativos que se presenten contra los actos que dicte dentro del procedimiento administrativo de ejecuci\u00f3n, para hacer efectivos los cr\u00e9ditos que determinen los organismos operadores a cargo de los usuarios.<br \/>\nXXXVI. Elaborar y ejecutar programas para promover la cultura del agua en toda la entidad federativa; y Representar al Ejecutivo del Estado en los Comit\u00e9s Hidr\u00e1ulicos de los Distritos de Riego, Unidades de Riego y Distritos de Temporal Tecnificado, debiendo designar para tal efecto al servidor p\u00fablico que asista en nombre del Gobierno del Estado, y ejercer las funciones que para tal fin se le confieren dentro de los citados Comit\u00e9s.<br \/>\nXXXVII. Promover el establecimiento de sistemas de riego de alta y baja presi\u00f3n para eficientar el uso del agua.<br \/>\nXXXVIII. Realizar acciones que fomenten el tratamiento y re\u00faso del agua.<br \/>\nXXXIX. Actualizar estudios hidrol\u00f3gicos de cuencas y acu\u00edferos.<\/p>\n<p>XL. Participar en el Fideicomiso Fondo de Fomento Agropecuario del Estado de Tamaulipas (FOFAET) y presidir el Subcomit\u00e9 Hidroagr\u00edcola.<br \/>\nXLI. Fomentar la medici\u00f3n del agua en todos los sectores usuarios.<br \/>\nXLII. Seguimiento a programas anuales de operaci\u00f3n, conservaci\u00f3n y rehabilitaci\u00f3n en distritos de riego.<br \/>\nXLIII. Acordar con los organismos internacionales Comisi\u00f3n de Cooperaci\u00f3n Fronteriza y Banco. de Desarrollo de Am\u00e9rica del Norte (COSEF, BANDAM) apoyos para obras que permitan un mejor uso del agua.<br \/>\nXLIV. Actualizar los estudios de salinidad analizada de los distritos de riego del Estado.<br \/>\nXLV. En coordinaci\u00f3n con la CONAGUA, actualizar los Planes Directores de los Distritos de Riego.<br \/>\nXLVI. Elaborar Planes Directores que nos representen un diagn\u00f3stico de la situaci\u00f3n actual de las ciudades de Tamaulipas.<br \/>\nXLVII. Generar banco de informaci\u00f3n hidrom\u00e9trica, climatol\u00f3gica y estad\u00edstica del fen\u00f3meno h\u00eddrico en Tamaulipas.<br \/>\nXLVIII. Llevar a cabo de manera continua y permanente en coordinaci\u00f3n con el gobierno federal, el monitoreo de la calidad del agua en fuentes de abastecimiento superficial y subterr\u00e1nea, as\u00ed como en descargas en cuerpos de agua.<br \/>\nXLIX. Dar seguimiento al estado del tiempo que emite el servicio meteorol\u00f3gico nacional, para estar en coordinaci\u00f3n con protecci\u00f3n civil, gobierno federal y dependencias involucradas en la atenci\u00f3n de emergencias o contingencias clim\u00e1ticas.<br \/>\nL. Coordinar, consultar y apoyar la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de programas y acciones tendientes a lograr el desarrollo sustentable a partir del equilibrio de oferta y demanda de agua superficial y subterr\u00e1nea en cuencas y acu\u00edferos del estado para sus diversos usos y usuarios, lograr su saneamiento y prevenir su contaminaci\u00f3n.<br \/>\nLI. Apoyar a los Organismos Operadores Estatales y Municipales en la integraci\u00f3n de los programas anuales de mantenimiento realizando los diagn\u00f3sticos de la infraestructura hidr\u00e1ulica y sanitaria.<br \/>\nLII. Dar seguimiento a las actividades de verificaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los programas anuales de operaci\u00f3n y mantenimiento de los Organismos Operadores Estatales y Municipales.<\/p>\n<p>LIII. Coadyuvar con los Organismos Operadores Estatales y Municipales en la elaboraci\u00f3n de diagn\u00f3sticos de la infraestructura hidr\u00e1ulica y sanitaria para lograr su operaci\u00f3n eficiente, en cumplimiento a la normatividad.<br \/>\nLIV. Atender actividades emanadas del consejo de cuenca relativas a problemas espec\u00edficos a trav\u00e9s de la conformaci\u00f3n de los \u00f3rganos auxiliares correspondientes mediante acciones tendientes al aprovechamiento integral de los recursos h\u00eddricos.<br \/>\nLV. Elaborar planos de isohipsas e isobatas para definir proyectos para instalaci\u00f3n de drenaje subterr\u00e1neo.<br \/>\nLVI. Muestreo de aguas de presas y canales para definir la calidad del agua.<br \/>\nLVII. Dar seguimiento a las publicaciones que emita la Comisi\u00f3n Nacional del Agua (CONAGUA) en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n (D.O.F.), relacionados con la normatividad, ordenamiento y disponibilidad de agua subterr\u00e1nea en los acu\u00edferos del Estado.<br \/>\nLVIII. Reforzar en coordinaci\u00f3n con la CONAGUA los mecanismos institucionales disponibles para desincentivar las conductas contaminantes de los diversos usuarios.<br \/>\nLIX. Aplicar esquemas de evaluaci\u00f3n con par\u00e1metros cuantitativos para verificar el cumplimiento de los planes, programas y acciones que se desarrollen en el \u00e1mbito de la cuenca.<br \/>\nLX. Incentivar el establecimiento de industrias en zonas con disponibilidad de agua.<br \/>\nLXI. Establecer acuerdos de coordinaci\u00f3n y convenios de concertaci\u00f3n para desarrollar y ejecutar colaborativamente proyectos espec\u00edficos que atiendan las demandas de cada cuenca y acu\u00edfero.<br \/>\nLXII. Crear un sistema de informaci\u00f3n de inversiones del Sector Agua de los 3 \u00f3rdenes de gobierno y de los usuarios.<br \/>\nLXIII. Propiciar que la comunidad cient\u00edfica y tecnol\u00f3gica contribuya de forma efectiva a la formulaci\u00f3n de despliegue de la pol\u00edtica de la disponibilidad h\u00eddrica.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>A la Secretar\u00eda de Recursos Hidr\u00e1ulicos para el Desarrollo Social corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I. 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