Pensión por Viudez Personal Pensionista


  • Solicitud de pensión firmada en original.
  • Copia del último comprobante de pago de sueldo de la persona fallecida.
  • Original para su cotejo y copia del acta de defunción o copia del acta de sentencia de la presunción de muerte.
  • Copia de la credencial para votar o pasaporte de la persona fallecida.
  • Acta de Matrimonio(original y reciente) o  bien, original o copia certificada de la  Resolución Judicial de Reconocimiento de Concubinato. Documento con fecha posterior al fallecimiento.
  • En caso de ser viudo; original o copia certificada de la Resolución Judicial emitida en Juicio de Jurisdicción Voluntaria en el que acreditó la dependencia económica, el beneficiario debe ser mayor de 62 años y contar con incapacidad permanente y total para trabajar, presentando original de constancia médica que lo acredite.
  • 1 Fotografía reciente, tamaño credencial de frente y a color de el(la) solicitante.
  • Original para su cotejo y copia del acta de nacimiento de el(la) solicitante.
  • Copia amplificada de la credencial para votar por ambos lados vigente, pasaporte vigente o cédula profesional legibles de el(la) solicitante.
  • Copia de la constancia de situación fiscal expedida por el S.A.T. (Sistema de Administración     Tributaria) de el(la) solicitante. Completa y formato del año en curso.
  • Copia de la C.U.R.P. (Clave Única de Registro de Población) de el(la) solicitante. Formato del año en curso.
  • Copia del comprobante de domicilio donde actualmente habita, reciente no mayor a 3 meses de la fecha de facturación o consumo (recibo de agua, luz o telefonía fija).
  • Copia del contrato de apertura del Banco o estado de cuenta reciente a nombre del(la) solicitante. Deberá ser solicitada al Banco una cuenta de nómina en cualquiera de los siguientes Bancos: BANORTE-IXE, BBVA BANCOMER, CITIBANAMEX, o HSBC para depositar la pensión.(que incluya el número de cuenta y clabe interbancaria).
  • Constancia de no adeudo del IPSSET (solicitar previamente al Depto. de recuperación de créditos del IPSSET).
  • Formato de anexo a la solicitud de pensión firmada en original.

Nota:
1.
Las copias solicitadas deben de ser legibles
2. Será aceptada la solicitud únicamente si se presenta completa la documentación, la cual debe de ser presentada de conformidad a los términos anteriormente señalados.

Nota.– 1. No se tendrá derecho a la pensión por viudez que establece el artículo anterior, en los siguientes casos:

  1. Cuando la muerte del servidor público, trabajador o pensionista acaeciera antes de cumplir seis meses de matrimonio, cualquiera que fuera su edad; ó
  2. Cuando hubiese contraído matrimonio con el servidor público, trabajador o pensionista, después de haber cumplido éste los 65 años de edad, salvo que a la fecha de la muerte hayan transcurrido cinco años desde la celebración del enlace.

Las limitaciones antes mencionadas, no regirán cuando el fallecimiento sea consecuencia de un accidente o cuando, al morir el servidor público o trabajador, la viuda compruebe haber procreado hijos con él.

(Artículo 75 Ley del IPSSET)

Para Descargar el Formato, favor de dar clic en el siguiente enlace:

Para mayor información puede dirigirse a:

IPSSET
Dirección de Seguridad Social
Departamento Pensiones y Jubilaciones
Jefe del departamento Edgar Humberto Tovar Tijerina
17 Carrera Torres No. 102 Altos, Zona Centro. Cd. Victoria, Tamaulipas, México C.P. 87000
Conmutador: 318 73 00 Ext. 76417, 76430, 76467 y 76474


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