Registro de Emisiones y Transferencia de
Contaminantes en el Estado de Tamaulipas (RETC-TAMPS)
Registro Estatal Ambiental (REA)
El Registro de Emisiones y
Transferencia de Contaminantes (RETC) fue un compromiso adquirido
por México a raíz del Tratado de Libre Comercio con los países de
América del Norte. El RETC en México inició en 1994 con la formación
del Grupo Nacional Coordinador (GNC) integrado por 38 representantes
de la industria, el sector académico, ONG's e instituciones
gubernamentales patrocinado por el Instituto para la Capacitación y
Desarrollo de las Naciones Unidades (UNITAR), en cooperación con
otras agencias de Naciones Unidas y la Organización de Cooperación y
Desarrollo Económico (OCDE). El resultado de los trabajos de este
Grupo fue una propuesta Nacional Ejecutiva en donde se estableció la
visión, objetivos, alcances del RETC, información necesaria y una
lista consolidada de 184 sustancias.
Para conocer la factibilidad de su instrumentación se diseñó un
formato que recopilará información para el RETC. Una vez que se pudo
constatar la viabilidad de la instrumentación del Registro, se
publicó en el D.O.F. un formato de seguimiento a la regulación
industrial donde se incorporó una sección para la recopilación de
información al RETC en 1997, este formato contenía también un
listado de 178 sustancias.
Finalmente en diciembre del 2001 se publicó una modificación al
artículo 109 bis de la LGEEPA en donde se establece un RETC
obligatorio, público y desagregado para nuestro país en los tres
órdenes de gobierno; con lo anterior se inicia un nuevo periodo para
la instrumentación del RETC en México.
El RETC es un catálogo o registro de las emisiones y/o
transferencias de contaminantes potencialmente dañinos a la salud
humana y al ambiente provenientes de una gran diversidad de fuentes.
Incluye información sobre las emisiones en sitio al aire, agua y
suelo y las transferencias fuera de sitio para su reutilización,
reciclado, coprocesamiento y descargas al alcantarillado, así como
los residuos transportados a los sitios de tratamiento y disposición
final, su origen y ubicación.
El RETC es un medio para obtener información regular y periódica
acerca de las emisiones y/o transferencias de sustancias de interés
y de hacer esta información accesible al público en general.
También puede ser una herramienta ambiental importante para promover
políticas eficaces para preservar y proteger el medio ambiente e
impulsar el desarrollo sustentable, proporcionando información
acerca de la carga contaminante que se genera en el país y
estimulando a los establecimientos a que reporten y reduzcan la
contaminación.
El RETC es una herramienta
básica en la gestión ambiental para emprender a diferentes niveles
(establecimientos industriales, gobiernos municipales, estatales y
federal) acciones de:
• Cumplimiento de la
Normatividad Ambiental
• La transparencia y objetividad de la información.
• Acceso público a información ambiental
• Proporcionar información que apoye la identificación y evaluación
de posibles riesgos humanos y al medio ambiente, indicando las
fuentes y cantidades de emisiones potencialmente peligrosas y las
transferencias a todos los medios.
• Apoyo al sector privado en sus programas de responsabilidad
integral, competitividad y mejora de su desempeño ambiental.
• Soporte al gobierno para la definición, aplicación y seguimiento
de programas, metas, objetivos y estrategias.
En enero de 2001 el Gobierno
del Estado trabaja con el Registro de Emisiones y Transferencia de
Contaminantes de Tamaulipas (RETC-TAMPS), conformando el inventario
de la información ambiental de la industria de jurisdicción estatal
a través de la Cédula de Operación Anual (COA). A partir del 2002
para regular a las personas físicas o morales que realicen
actividades de competencia estatal en materia ambiental, se
instituye el Registro Estatal Ambiental (REA), como instrumento de
recopilación, integración y difusión de la información sobre las
sustancias emitidas al ambiente o transferidas a sistemas de
tratamiento o disposición, que puedan ser dañinos a la salud humana
y al ambiente.
La Cédula de Operación Anual
deberá llenarse conforme a los siguientes lineamientos:
Sección I: Información
Técnica General.
Sección II: Registro de Emisiones de Contaminantes a la Atmósfera.
Sección III: Registro de Descargas de Agua al Alcantarillado.
Sección IV: Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial.
Sección V: Emisiones y Transferencia de Contaminantes.
Sección VI: Generación de Emisión de Ruido o Vibraciones.
La información proporcionada
por el programa de reporte de la COA deberá entregarse y
actualizarse durante el primer cuatrimestre de cada año (fecha
limite de entrega 30 de abril), respecto de la emisión y
transferencia de contaminantes ocurridos durante el año anterior.
Una vez entregada la
información a través de la COA, la autoridad ambiental asignará un
número de Registro Estatal Ambiental (REA) al establecimiento
industrial con base en los datos que el interesado proporcione
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